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Nudos jurídicos y denuncias de abuso de poder: lo que se viene tras el decreto de Petro para convocar a la consulta popular

El presidente de Colombia anuncia que envía la polémica norma a la Corte Constitucional

Gustavo Petro durante la reunión de alto nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, el 10 de junio 2025.
Juan Esteban Lewin

Es un hecho. En la tarde de este miércoles el presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha anunciado su firma de un polémico decreto. Con él, el mandatario de izquierdas convoca a los colombianos a las urnas, para que respondan en una consulta popular si están de acuerdo con una docena de propuestas en asuntos sanitarios y, sobre todo, laborales. Para la oposición y decenas de juristas expertos, se trata de una decisión que va en contra de la Constitución, por lo que desde ya se anuncian demandas y un sendero plagado de incertidumbre legal y de mayor tensión política, que pasa por los señalamientos de decenas opositores al presidente, a quien denuncian de violar la separación de poderes.

El debate legal parte de la Constitución, que crea estas consultas. “El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional“, dice. El Senado votó en contra de la consulta el pasado 14 de mayo, en una sesión tempestuosa en la que los congresistas oficialistas denunciaron falta de garantías e, incluso, un fraude. La mesa directiva del Senado, en cabeza del conservador Efraín Cepeda, ha negado cualquier irregularidad, pero allí aparece el primer nudo jurídico.

Se trata de que, para el Ejecutivo, la votación sencillamente nunca fue válida. A partir de argumentos legales como la excepción de inconstitucionalidad (la posibilidad que da la Constitución de no aplicar una norma abiertamente contraria a ella), argumenta que puede ignorarla. Varios aliados del Gobierno han demandado la decisión ante la justicia, que ya ha itido algunas de ellas sin suspender la votación. En otras palabras, ante la justicia la votación está vigente, aunque estudia si eventualmente la anula.

Además de esa pregunta, queda la segunda sobre las consecuencias de que la justicia halle que el Senado no votó en el mes de plazo que tiene para ello. Acá la pregunta es si un presidente puede convocar a una consulta vía decreto cuando no hay decisión, como alega el Gobierno, o si siempre se necesita una aprobación explícita, como argumenta la oposición. El debate gira alrededor de las interpretaciones distintas de la Constitución y las reglas que determina una ley, la 1757 de 2015, sobre la consulta.

Esos dos problemas jurídicos sobre las reglas para tramitar una consulta deben ser resueltos por los jueces, como ocurre con las discusiones entre abogados. Pero traen consigo otra discusión, y otra fuente de incertidumbre: quién debe zanjarlos. La oposición señala que debe ser el Consejo de Estado, la alta corte que por regla general estudia si los decretos presidenciales respetan la ley. Pero el presidente, que ha chocado especialmente con magistrados de ese tribunal, alega que la encargada debe ser la Corte Constitucional, a donde ha logrado llevar a su exsecretario jurídico de la Presidencia y a su abogado personal entre los 9 . El argumento es que la competente para estudiar el trámite de una convocatoria a una consulta popular es esa corte, aunque la ley no precisa si eso incluye el decreto para la convocatoria. El presidente ha anunciado que enviará el decreto a esa corte, la oposición que lo demandará ante el Consejo, y queda la incertidumbre de cuál proceso avanzará primero y tendrá primacía.

Además de esas discusiones, los críticos de la decisión han señalado que la acción del Gobierno tiene un cariz penal: la firma del decreto, argumentan, constituye el delito de prevaricato, pues se trataría de tomar una decisión abiertamente contraria a la ley y a sus funciones. “El prevaricato se consuma, aunque el Consejo de Estado derogue el ‘decretazo”, ha afirmado la senadora verde Angélica Lozano. La secundan juristas como Antonio Lizarazo, exmagistrado de la Corte Constitucional, Alfonso Gómez Méndez, exfiscal general y antiguo ministro de Justicia; o el penalista Yesid Reyes. Del otro lado, el exfiscal y entrante ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, ha negado esa posibilidad. En este caos, será la Corte Suprema quien defina el futuro de los ministros ante las demandas ya anunciadas.

La discusión jurídica, pues, promete acaparar parte de la atención. En paralelo, la crispación política crece. El senador y precandidato de oposición Miguel Uribe dejó listo el sábado un pronunciamiento ante la inminencia del anuncio presidencial. Víctima de un atentado que lo tiene en estado crítico desde ese día, su postura se ha conocido este miércoles. “El presidente Gustavo Petro ha expedido un decreto que va en contra de la Constitución y que pone en riesgo la democracia. Es un autogolpe de Estado”, afirmó en una suerte de mensaje al futuro. Y ese debate, el de las consecuencias institucionales del llamado “decretazo”, sigue en el aire. Lo que decidan los jueces ayudará a darle más o menos peso a esa afirmación, así como la reacción del Ejecutivo y la oposición a cualquier fallo.

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Juan Esteban Lewin
Es jefe de Redacción de la edición América Colombia, en Bogotá.
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